El criterio está definido por la existencia de conductas objetivas de maltrato, que tangan un carácter continuado, repetitivo y sistemático.
También hay que tener en cuenta que existen situaciones que llevan a algunas personas a sentirse acosadas sin que lo estén siendo. No es suficiente la sensación subjetiva. La forma de objetivar estas conductas variará en función del tipo de conducta que sea.
Leave A Comment